Amigos de Chicos y Chicas...

3 ago 2011

ACTO PÚBLICO: ¿Primera vuelta o Segunda vuelta?






Cuando participamos del "Acto Público" para tomar cargo como maestra/o, es importante tener en cuenta cuándo debemos TOMAR EN PRIMERA O SEGUNDA VUELTA. Atendiendo a ésto, les sugiero leer con mucha atención los siguientes ítem.

Participan de la primera vuelta el/la:

  • Maestra/o titular de listado oficial (Que haya tomado en el año en curso o años anteriores, se descuentan 10 puntos)
  • Maestra/o sin cargo de listado oficial.
  • Maestra/o de listado 108 A y 108 A infine.

Participan de la segunda vuelta el/la:

  • Maestra/o suplente de listado oficial  (Que haya tomado en el año en curso)
  • Maestra/o de listado 108 B y 108 B infine.
Como en todo ámbito, éste no es la excepción, hay compañeras/os que abusan de su condición laboral y participan del Acto Público sin blanquear los cargos que tienen. Ello es muy preocupante y perjudica a los que no tienen trabajo.
Si sabés de alguíen que toma cargo en primera vuelta sin haber asentado que ya posee uno, TENÉS DERECHO a DECLARARLO y que esta persona deje el cargo a alguien más... Suena fuerte, lo sé, pero siempre a alguien que lo hace. Peleemos por nuestros derechos.

Espero sea útil!


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